Mujer

Consejo Local de la Mujer 

El Consejo Local de la Mujer se aprueba en el Pleno en el año 2000. En el Reglamento que lo regula se establecen el objeto, la composición y las funciones y el modo de acceso para formar parte. Tiene carácter exclusivamente consultivo y asesor, y sus decisiones no son vinculantes para el Ayuntamiento.

Ese Reglamento está basado en la normativa autonómica que regula los Consejos Locales, Provinciales y Regionales de Andalucía, Ley 9/2016 de Servicios Sociales de Andalucía. La Presidencia del Consejo la ostenta el Alcalde pero delega en la Concejala de Políticas Sociales e Igualdad.

El Reglamento estable 4 asambleas ordinarias, pero se acordó hace varios años reducirlas  a dos considerando que distaba un tiempo muy reducido entre unas y otras

Al Consejo se le informa de todas las actividades que el Ayuntamiento de Huelva, desde la Concejalía de Igualdad, organiza y desarrolla semestralmente.

Las actividades van dirigidas a asociaciones de mujeres onubenses, centros docentes y ciudadanía en general. Todas estas se enmarcan en las estrategias del II Plan Local de la Mujeres aprobado en Pleno.

También se informa al Consejo de las actividades que desarrolla el Ayuntamiento en materia de Igualdad con los trabajadores municipales en el marco del Plan de Igualdad de la Mujer. Este Plan está dirigido exclusivamente  a los/as trabajadores/as municipales y es prescriptivo por ley

Entidades

Composición actual del Consejo:

  • Asociaciones de Mujeres
  • Unidades de Igualdad de los sindicatos mayoritarios
  • Representantes de los grupos políticos de la oposición municipal
  • Delegación Territorial de la Junta de Andalucía con competencia en materia de Igualdad
  • Concejala del Partido que gobierna.